miércoles, 25 de mayo de 2011

Unión EuropeaE M C S - Sistema de Control de Movimientos de Impuestos EspecialesImagen e e Sistema de Control de Movimientos de Impuestos Especiales (EMCS)

ÁMBITO Y EXTENSIÓN

  •  ATENCIÓN: A PARTIR DEL 01 DE ENERO DE 2012 ENTRA EN FUNCIONAMIENTO LA FASE 3 DEL PROYECTO EMCS. CONSULTE EL APARTADO DE NOVEDADES PARA MÁS INFORMACIÓN.
  • EMCS OBLIGATORIO PARA TODOS LOS ENVÍOS INTRACOMUNITARIOS (EXPEDICIÓN Y RECEPCIÓN DE PRODUCTOS DE IMPUESTOS ESPECIALES)  EN RÉGIMEN SUSPENSIVO A PARTIR DEL 1.1.2011

NOVEDADES
20-05-2011 Se ha publicado en el apartado de Servicios web. Documentación técnica el documento de Aspectos Generales del Documento de Acompañamiento. FASE 3 donde se describen las novedades de la FASE 3 del proyecto EMCS.

INTRODUCCIÓN
  • EMCS  es un sistema informático para envío de productos de impuestos especiales en régimen suspensivo entre los distintos estados Miembros de la Unión Europea.
  • EMCS paso a paso 
FORMA Y PROCEDIMIENTOS
  • Usted podrá cumplimentar y tramitar los documentos EMCS de tres maneras:
  • Aquellos operadores que prefieran automatizar la presentación de los documentos podrán utilizar los servicios web descritos en los documentos de especificaciones técnicas para el envío y recepción de ficheros xml. Dichos servicios web también requieren firma electrónica.
  • Desde esta página web podrá usted enviar el borrador de documento administrativo electrónico, así como guardar el borrador. Una vez superadas las validaciones,  el borrador recibirá un número de referencia ARC que usted podrá visualizar inmediatamente. Deberá anotar el ARC del documento administrativo electrónico, en adelante eDA,  en cualquier documento administrativo o comercial que acompañe a los productos y/o imprimir una copia del  eDA con el mismo fin. Cumplimentar en línea un borrador de documento administrativo electrónico 
  • También podrá comunicar que ha recibido productos EMCS mediante el envío de una notificación de recepción. Cumplimentar una notificación de recepción en línea y Ayuda tutorial 
¿Qué se puede hacer una vez que se ha expedido un documento administrativo electrónico? (sobre el propio documento o con servicios web):


Autorización EMCS Disposición Transitoria Primera Real Decreto 191/2010 de 26 de febrero
       De acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 191/2010, de 26 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, el Director del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales ha autorizado a los operadores incluidos en el censo SEED como depositarios autorizados o expedidores registrados a la presentación de documentos de acompañamiento electrónicos (e-DA), mediante la utilización de los servicios de cumplimentación on-line ofrecidos a tal efecto en la página de la oficina virtual de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT. y mediante la utilización de los servicios Web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para envío y recepción de ficheros xml.

 Contacto: emcs@correo.aeat.es         Centro de Atención Telefónica (CAT): 901 335533
                  Fax Oficinas gestoras

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