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lunes, 14 de noviembre de 2011

Documentos necesarios para realizar una Importación Exportación.


Documentos
Descripción
Documentos Financieros:
Carta de Crédito, pagarés, cheques…
Documentos Comerciales
Imprescindibles:

Packing-list
Es la relación de contenido del envío. Debe especificar los bultos numerados, detallando el contenido de cada uno.
La inspección Aduanera, usa el Packing List, para comprobar que lo especificado documentalmente coincide con la mercancía real del envío.
Un  packing list, claro, detallado y exacto, permite reducir el tiempo y las trabas de una posible inspección aduanera
Factura comercial
Debe especificar : la referencias, denominación del producto o servicio,  las características y especificaciones,  la cantidad, y calidad de las mercancías, junto a su precio y forma de pago acordada
Documento de transporte
Es la guía que acompaña a la mercancía durante el transporte de la misma. Dependiendo de medio, de denomina:
Por  aéreo: AWB.
Por marítimo: BL.
Por terrestre: CMR.
Por ferrocarril: CIM
Póliza de seguro
Contrato subscrito con una Aseguradora contra el posible deterioro o pérdida de la mercancía.
Suele tarificarse, sobre el valor de la mercancía, como una cantidad x1000 del valor de la mercancía, dependiendo éste porcentaje, en gran medida, del país de origen y del tipo de transporte
Otros Documentos, que pueden ser necesarios:

Certificado de Origen

Certificado sanitario

Soivre

Certificado de análisis

….

martes, 21 de diciembre de 2010

PRECIOS DE ENTRADA: TRATAMIENTO POR LA APLICACIÓN DE IMPORTACIÓN, LIQUIDACIÓN Y GARANTÍAS.

A partir del dia 27/12/2010 se incluyen las siguientes validaciones en las aplicaciones de importación, liquidación y garantías para el control de los precios de entrada de acuerdo a lo previsto en el artículo 139 del Reglamento nº 1580/07.
1º Siempre que la posición estadística tenga la medida 490, sólo se admitirán los DUAs que en la casilla 37.2 tenga uno de los códigos siguientes:
503 :  El declarante opta por un valor en aduana basado en el precio facturado  (art. 139 1 a). Este código no es compatible con el código 9VA  (valor provisional).
9PE: El declarante se acoge a la determinación del valor en aduana basándose en el apartado c) del artículo 30 del CA (art. 139 1 b). Esta clave es también incompatible con 9VA.
E02: El declarante se acoge al valor a tanto alzado recogido en la medida 490 del TARIC (art. 139 1 c). en este caso no se admiten ajustes de valor en la casilla 45.
2º En el primer caso, código 503, la aplicación comprobará si el valor declarado es superior en un 8% al valor en aduana que resultaría de aplicar el valor a tanto alzado (hay que tener en cuenta que a más base imponible el tipo de arancel es inferior). Si es igual o superior al 8 % se generará la pendencia DK y se calculará garantía por la diferencia de derechos entre la liquidación resultante de tomar como valor en aduana  el valor a tanto alzado.  En caso de que no hubiera diferencia de derechos positiva se generará una marca (SG) en la partida del D.U.A. y, también, la pendencia DK con importe a cero.
3º En el segundo caso, código 9PE, se generará siempre la pendencia  DK y se calculará garantía como en el punto 2. Al igual que en el caso anterior si no hay diferencia de derechos positiva, se generará una marca (SG) en la partida del D.U.A. y, también, la pendencia DK con importe a cero.
4º En caso de código E02, la aplicación comprobará que  el valor declarado por el operador se corresponde con el valor a tanto alzado recogido en el TARIC.