Las operaciones de exportación, y especialmente su cobro, suelen ampararse en la llamada Carta de Crédito Irrevocable.
La Carta de Crédito Irrevocables, es imprescindible, cuando el cliente o proveedor están situados en áreas geográficas distantes, no se conocen o existe algún riesgo comercial.
La parte esencial de este instrumento bancario es el llamado “condicionado”, que viene a ser la lista de condiciones documentales y operativas que tiene que cumplir el vendedor para cobrar su mercancía.
Este condicionado puede hacer referencia a múltiples compromisos relativos al transporte, tales como: medios a utilizar, país de tránsito, autorización o prohibición de efectuar transbordos, fechas y condiciones de entrega de las mercancías,... cuyo incumplimiento, bien sea fortuito o forzado puede conllevar a la pérdida de las garantías del crédito y la imposibilidad de cobrar sus mercancías o, en el mejor de los casos, quedar a merced de la buena voluntad del comprador.
Para evitar problemas, siempre debemos SOLICITAR al cliente, que le mande, por correo electrónico o fax, una copia del condicionado bancario antes de dar instrucciones formales a su banco. Debemos tener en cuenta que cualquier modificación del condicionado, que se produzca después de su apertura formal y notificación, conllevará gastos y demoras en la formalización de la operación.
La esencia de una carta de crédito es su condicionado. Este condicionado puede contener “caramelos envenenados”.
Preste especial atención a las Clausulas del Condicionado y si observa una cláusula imposible de cumplir, póngase en contacto con su cliente y solicite una modificación del mismo.
Casos tan triviales como una fecha de entrega o de embarque demasiado próximo, un medio de transporte inadecuado, un trasbordo necesario pero no autorizado, pueden dificultar su cumplimiento.
Igualmente debemos cumplir las condiciones administrativas exigidas. Si en el condicionado nos pide que hagamos constar una información determinada (por ejemplo, el número de la Carta de Crédito) en las facturas, Certificados de Origen o Documentos de transporte, debemos cumplirlo. Por insignificante que sea la petición, una vez aceptado el condicionado, debe cumplirse.
El no cumplirlo, es darle al cliente, una excusa para invalidar la Carta de Crédito y no pagarle.
La Lista de ERRORES, que suelen provocar problemas a la Carta de Crédito, son:
1.- No leer la Cata de Crédito con detenimiento y aceptar condiciones bancarias imposibles de cumplir, principalmente, porque cualquier cambio administrativo, las puede convertir en imposible cumplimiento.
2.- Cumplimentación errónea de la documentación especificada: por el cliente: No indicar el CMR , Certificado de Origen, omitir en la factura, algún dato del transporte: matricula del camión, nombre del barco, número de la carga de crédito.
3.- Emplear un medio de transporte distinto al determinado en la carta de crédito
4.- Error en la dirección de Envio de la Documentación: Consignar el CMR, la factura o el DUA, a una dirección distinta de la expresada en el condicionado de la Carta de Crédito.
5.- Para envíos marítimos, no entregar al banco un Conocimiento de Embarque consignado con arreglo a las instrucciones del condicionado de la Carta de Crédito firmado y sellado por el responsable del buque. También debemos asegurarnos de que el barco indicado en la Carta de Crédito existe y su nombre es correcto y que atraca en el puerto señalado en el período permitido para la carga.
6.- Debemos asegurarnos de que el camión que recoge la mercancía, tenga la misma matrícula que la indicada en la Carta de Crédito y asegurarnos también de que el chófer que realiza la entrega al cliente o su naviera, cumplimente el CMR.
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